A2021N20 VOLUMEN 20

Año 10, No. 20, junio - noviembre 2021
Revista I.C. Investig@cción
ISSN 2448-5500
Publicado por Instituto Campechano
Fecha 30-11-2021
Cementerio General de Campeche: Conflicto Civil-Eclesiástico de un Proyecto Extramuros 1787-1821.

Cementerio General de Campeche: Conflicto Civil-Eclesiástico de un Proyecto Extramuros 1787-1821.

Glaer Elyezer Vivas Tuz

“La historia no es un camino de rosas, es un largo camino sembrado de cadáveres” -Esteban Mira Caballos

Introducción

Con la llegada del dominio hispánico en el territorio de lo que hoy es México, se implementó una nueva percepción de la muerte sobre las civilizaciones mesoamericanas de tal manera que las inhumaciones de cadáveres se iban a efectuar en el interior de los templos y en los atrios adyacentes, pues la concepción religiosa de los hombres venidos del otro lado del mar señalaba que al ser un espacio sagrado las almas estarían más cerca de Dios.

De tal manera que los pobladores buscaban estar enterrado lo más cerca del altar mayor, pues la idiosincrasia religiosa imperante en la época señalaba que los templos al ser lugares sagrados el demonio no podía reclamar las almas.

Con la posterior llegada de los Borbones a España se implementaron una nueva serie de cambios que vinieron a replantear estas prácticas, pues bien se emitieron Reales cédulas en las que se indicaba que en cada población se construyera un cementerio extramuros pues las nuevas corrientes higienistas señalaban que los cuerpos en descomposición emitían aires pestilentes conocidos como miasmas, como se expondrá más adelante, por lo que se inició una serie de cambios en las prácticas funerarias.

De tal manera que en la Nueva España se fueron construyendo cementerios que se apegaran en lo establecido por las leyes, si bien este proceso buscaba restringir las inhumaciones parroquiales fue durante su implementación que se vivieron conflictos entre el clero y el ayuntamiento debido a que los pobladores rechazaban la idea de exiliar a sus muertos a las afueras de la ciudad.

Y es en este sentido que este trabajo tiene el fin de arrojar luz sobre los actores sociales que se vieron involucrados en la aplicación de las cédulas en el puerto de San Francisco de Campeche.

El inicio de estas costumbres se remonta a la conquista y fundación de nuevas ciudades en América cuando el rey Carlos I (1500-1558), rey de España y emperador del Sacro Imperio Romano Germánico (en el que ejerció su título bajo en nombre de Carlos V) el 18 de julio de 1539 en Madrid expidió la primera de las Leyes de las Indias relacionada con las inhumaciones al interior de las iglesias (Bernal, 2010, p.30), en la cual señalaba en la ley I:

Encargamos a los arzobispos y obispos de nuestras Indias que en sus diócesis provean y den orden como los vecinos y naturales de ellas se puedan enterrar y entierren libremente en las iglesias o monasterios que quisieren y por bien tuvieren, estando benditos el monasterio o iglesia, y no se es ponga impedimento1.

Dicha medida fue reafirmada por el monarca en la ley XI fechada el 10 de mayo de 1554 en Valladolid en la que estableció:

Rogamos y encargamos a los prelados, que bendigan un sitio en el campo donde se entierren los indios cristianos y esclavos, y otras personas pobres y miserables que hubieren muerto tan distantes de las iglesias, que sería gravoso llevarlos a enterrar a ellas, porque los fieles no carezcan de sepultura eclesiástica2.

En consecuencia, el convencimiento de:

“Que existía un nexo real entre el lugar de reposo del cuerpo y la situación del alma en el más allá hizo que lograr sepultura en tierra eclesiástica se convirtiera en una auténtica obsesión para el católico medio ya en los siglos modernos, y así no es de extrañar que bóvedas y criptas se convirtieran en un elemento más de las edificaciones religiosas, por lo general limitadas a los sectores más destacados de la sociedad”. (Feria y Ramos, 2013, p. 227).

Por tanto:

“Al sembrarse esta nueva religión en las Américas se desató una serie de transiciones en la forma de la que se veía y percibía la muerte “en ocasiones superponiéndose o adaptándose a estructuras sociales preexistentes, en otras creándolas específicamente para el Nuevo Mundo, a imagen y semejanza de las costumbres europeas de la época”. (Zabala, Miranda, Negroe y Cámara, 2015, p.157).

De tal manera que hubo un proceso de sincretismo3 mezcla de la religiosidad de la población mesoamericana y la española dando como resultado una nueva concepción4 de lo que se consideraba la muerte y los procesos que le precedían (véase Figura 1):

Aunque estas nuevas costumbres que giraban en torno a la muerte no fueron adoptadas del todo por los nativos, pues en algunos casos:

Los indígenas (a diferencia de los hispanos) rarísima vez se preocuparon por pagar memorias, aniversarios o instituir capellanías o cualquier otro tipo de donaciones de aquellas que pretendían asegurar la felicidad ultraterrena de un individuo. Tampoco figuran los indios, a excepción de algunos principales y caciques "latinizados", entre aquellos feligreses que pagaban las altas cuotas necesarias para ser enterrados más cerca del altar mayor y disfrutar así -según la creencia medieval- de una resurrección más temprana que la de aquellos sepultados en las vecindades de la puerta del templo. (Humberto, 1988 citado por Herrera, 2011, p.15-16).

Morales (1992, p. 97) plantea:

“Existían normas eclesiásticas que permitía que se enterrara, previa licencia, a las personas que por su vida ejemplar eran merecedoras de ello. Sin embargo, tal disposición no se cumplió y el ser sepultado en los templos fue un hecho que se extendió a personajes importantes y a todos los que podían costearlo; el deseo era común, pues se creía que así eran más efectivos los sufragios y la intercesión de los santos”.

Así como propone Ortiz (2010, p.37)

“El espacio de sepultura tenía relación con la posición económica de la que en vida gozó el difunto. Los cuerpos ya tenían un lugar dentro del templo ahora su preocupación era tener un espacio privilegiado; deseaban estar lo más cerca del santo titular de cada altar, pues se creía que eran intercesores que ayudarían a acortar el tiempo en el purgatorio”.

Así también se pensaba que mientras más cerca del altar era estar más cerca del cielo por ser el lugar donde se oficiaban misas y se depositaba la hostia o el Santísimo (Zárate, 2000, p.263).

De tal manera que dentro de las iglesias se jerarquizó el espacio de acuerdo a la distinción social del difunto. Pues la capilla mayor era el sitio que tenía mayor categoría y generalmente reservada a los fundadores y a los benefactores de la iglesia. El coro, cerca del altar donde se celebra la misa, era un lugar muy codiciado, usualmente se usaba para los curas y prelados5, después del coro se buscaba la capilla de la Virgen o su imagen y el crucifijo (Martínez, 2000 citado por Ortiz, op cit, p.37;Hernández; 2013, p.246).

Así también existió otro espacio de sepultura en los templos, el atrio, que resolvió también la necesidad de un espacio que, estando dentro del ámbito religioso o sagrado, ofreciese la posibilidad de albergar las sepulturas de la población indígena y de un nivel social bajo. (Bureau, op cit, p.226)

Así pues, en el mundo novohispano las castas no solo se vieron reflejadas en vida sino también en la muerte, solo quienes gozaban de un alto prestigio social y económico podían disfrutar del sueño eterno cerca del altar mayor mientras que los menos afortunados serían sepultados en los camposantos adyacentes a las parroquias en un intento desesperado por estar más cerca de Dios.

El exilio de los muertos

Con la llegada de los Borbones6 a España se implementaron una serie de medidas reformistas que procuraban el progreso a través de cambios políticos, económicos y religiosos. (Ortiz, op cit, p.103) dentro de este marco de reformas figuraban nuevos cambios en las prácticas mortuorias que serían impulsadas con las nuevas corrientes de pensamiento.

En este periodo se hizo manifiesta una nueva sensibilidad ante la muerte, perceptible en las expresiones de secularización del cuerpo muerto y en el deseo de persistir en la memoria de los vivos a través de una tumba individual, visible y con inscripción, lo que parecía “santo” y “habitual” pasó a convertirse en una amenaza para la salud. Los cadáveres humanos, sobre todo los de los fallecidos por enfermedades epidémicas, empezaron a verse como productores de “miasmas mefíticos” causantes de contagios y muertes (Valdés, 2010, p.75).

“Las críticas de los higienistas del siglo XVIII arrojadas a los entierros en templos fueron contundentes. Los consideraron en primer lugar sitios peligrosísimos en donde los pestilentes e insufribles vapores emanados de los cadáveres resultaban de lo más pernicioso a los fieles, cuya multitudinaria presencia se aglomeraba en estrechos sitios, sobre todo a mediodía, cuando el hedor se tornaba insoportable” (Strobel, 2015, p.157).

En este contexto resulta pertinente señalar los cambios que se estaban realizando en Europa, ya desde 1750 los avances de la química señalaban que “el aire era un fluido elemental y no como resultado de una composición química”, se postulaba la teoría de los miasmas, que sostenía que los cuerpos en descomposición desprendían efluvios contaminados cargados de azufre, líquidos acuosos, restos de sangre coagulada y de viseras en putrefacción de tal manera que la atmosfera se cargaba de emanaciones telúricas que infectaban el aire que era respirado por los fieles y que causaban enfermedades (Corbin, 2002, p.19).

En consecuencia, el rey Carlos III (véase Figura 2) emitió una real cédula fechada el 3 de abril de 1787 que los camposantos pasarían a estar localizados en las afueras de las poblaciones:

“Se harán los cementerios fuera de las poblaciones (…) en sitios ventilados e inmediatos a las parroquias, y distantes de las casas de los vecinos; y se aprovecharán para capillas de los mismos cementerios las ermitas que existan fuera de los pueblos como se ha empezado a practicar en algunos con buen suceso (..) la construcción de los cementerios se ejecutara a la menor costa posible, bajo el plan o diseño que harán formar los curas de acuerdo con el corregidor del partido”7.

“La real cédula de Carlos III fue poco difundida en las ciudades de América y fue el rey Carlos IV, por real cédula del 27 de marzo de 1789 quien dictó medidas relacionadas con la erección de cementerios en sus territorios de ultramar. Sin embargo, se multiplicaron las quejas aduciendo los costos que significaba construir cementerios alejados, así como la insuficiencia de recursos para ello, por lo que Carlos IV insistió por real cédula del 15 de mayo de 1804, y de ese modo comenzó a afianzarse el proceso de cementerios extramuros” (Pérez, 2019, p. 54).

Por lo que una de las reformas borbónicas apuntaba directamente a disminuir la intervención de la iglesia en asuntos considerados desde entonces públicos, se refería a la higiene y salubridad de los habitantes de las ciudades, villas y pueblos españoles. El cuidado de la salud pasaba por transformaciones, de las antiguas practicas funerarias de enterrar cadáveres en las iglesias, atrios y camposantos en el corazón de la ciudad (Serrano y Castillo, 2006, p.68) pasarían a ser espacios denominados cementerios ubicados en las afueras de las poblaciones.

Estos espacios destinados ex profeso a la inhumación de cadáveres deberían de estar situados en dirección hacia donde predominaran los vientos de la ciudad y lejos de las casas de los pobladores, su construcción iba a ser costeada por los fondos de los “caudales de fábrica” y en caso de ser insuficiente se tomaría de los diezmos y fondos reales8.

“Así, estos nuevos cementerios debían de estar erigidos en los márgenes de las poblaciones o en sitios más alejados, preferentemente en lugares elevados en donde el viento reinante no soplara hacia la población. La magnitud de su terreno debía de ser proporcional al número de habitantes de la población y en su interior tenían que estar plantados bastantes árboles para retener los vapores” (Strobel, op cit, p.158).

De esta manera lo que se concebía en su momento como tema de índole divina empezó a ser considerado como un grave problema de salud pública, los intelectuales promovían la creación de nuevos espacios destinados exclusivamente para el entierro de restos humanos situados a las afueras de las ciudades donde los miasmas de los cuerpos en descomposición no llegaran a los asentamientos humanos, dichos territorios llevarían por nombre cementerios y su construcción y administración dependería de los eclesiásticos.

El puerto y sus muertos

En el puerto de San Francisco de Campeche debido a las epidemias de la época, o el estatus económico de la población era el sitio de enterramiento, por lo que podemos clasificar los espacios funerarios en tres secciones: camposantos, hospitales y bóvedas.

En primer término, estaba la parroquia principal dedicada a Nuestra Señora de la Inmaculada Concepción, que a su vez sus espacios funerarios se dividían en dos, por un lado, estaban las bóvedas, (Benavides y Lorelei, 1991, p.57) y por el otro estaba el camposanto situado en el atrio de la capilla de Jesús Nazareno (Brito, 2007, p.117).

Las bóvedas se encontraban divididas según el aspecto en el que se desenvolvían en la sociedad colonial: de la Epístola, en la cual se inhumaban a eclesiásticos, de la cofradía del Santísimo Sacramento, en la cual estaba dispuesta exclusivamente para los miembros de la cofradía, la bóveda de la fundadora en honor a doña Margarita Guerra, gran benefactora de la iglesia parroquial y por último la bóveda de los militares (Benavides y Lorelei, op cit, p.57).

En esta última bóveda se inhumaban a tenientes de rey y militares, el primer entierro en este espacio se realizó el 6 de octubre de 1705 correspondiente al capitán Juan de frías Zalazar9. Los registros documentales permiten conocer que en esta bóveda de igual manera se realizaba la sepultura a los familiares de los militares:

Viernes veinte y siete de mayo de mil ochocientos tres fue religiosamente sepultado con rito y oficio propio a las veinte y cuatro horas de su fallecimiento en el sepulcro de los militares del batallón de casta en la parroquia de nuestra señora de San Francisco de Campeche el cuerpo difunto de José Eutimio hijo párvulo del teniente gral. Del batallón de casta Dn. Mariano Quijano y de doña Josefa Cosgalla que murió el día veinte y siete de tres años de edad. Yo el presbítero Dn. José Dionicio Yglesias como teniente de cura hice este entierro y para que conste lo certifico y firmo10.

Por otro lado, estaban los entierros que se llevaban a cabo en los atrios de las parroquias11 de Guadalupe12, Santa Ana13, San Román14,y el de San Francisco15que era el de mayor extensión (Álvarez, 1912, p.141; Abreu de la Torre, 1964, p.65), mientras que en el poblado de Lerma se realizaban en la parroquia de Nuestra Señora de la Asunción16.

Es interesante observar cómo desde principios del siglo XIX debido a las epidemias de la época se tenía el sumo cuidado a la hora de enterrar a los cuerpos de las personas que morían a causa de enfermedad, dichos casos eran inhumados con una distancia prudente respecto a las demás osamentas, esto ante el peligro de abrir una fosa a lado de una persona que haya fallecido a causa de epidemia y remover las enfermedades, dichos casos eran anotados en las partidas de defunción de la siguiente manera:

Domingo diez y ocho de diciembre de mil ochocientos ocho años fue religiosamente sepultado con rito y oficio propio a las veinte y cuatro horas de su dichoso transito con separación de los demás cadáveres en el cementerio de esta santa iglesia de nuestra señora de Guadalupe auxiliar de la parroquia de nuestra señora de la Concepción de la ciudad de San Francisco de Campeche provincia y obispado de Yucatán el cuerpo difunto de una niña párvula17 mestiza llamada María del Carmen hija de Pablo Ávila y de María Lucia Bolio natural y vecina de este barrio que murió naturalmente. Yo el Pbro. José Antonio Ponce como teniente de cura18 de dicha iglesia hice este entierro de cruz baja, estola y dos cantores y para que esto conste lo certifico y lo firmo19.

Por último, se encontraban los cementerios de los hospitales, pues San Francisco de Campeche en su condición de puerto no solo traía mercancías sino también enfermedades. De tal suerte que los hospitales de San Juan de Dios, y el de San Lázaro20 (véase Figura 3 y 4) (Ortiz, 2004 citado por Álcala, 2008, p.122) contaban con un espacio dedicado a quienes morían víctima de “terribles males”.

En estos nosocomios no solo se administraban los auxilios físicos sino también espirituales a todo quien lo requiriera. Son los casos registrados de fallecidos en batallones de la plaza:

Martes veinte y seis de julio de mil ochocientos tres fue religiosamente sepultado a las veinte y cuatro horas de su fallecimiento en el camposanto de nuestro hospital de nuestro señor San Juan de Dios de esta plaza el cuerpo difunto del batallón de casta Juan Suarez hijo de Lorenzo y de Margarita Mezquita natural de Mérida que murió naturalmente con confesión, beatico, santo óleo y disposición testamentaria el día 25 en el expresado hospital. yo el Pbro. Manuel Zamora como capitán que soy del mencionado convento hice este entierro con conocimiento del párroco castrense21 y para que conste lo certifico y lo firmo22.

De tal manera que los espacios funerarios en el Campeche en las primicias del siglo XIX quedaban conformados de la siguiente manera (véase Figura 5):

Cementerio general de Campeche: conflictos y rechazos

Dichas cédulas no llegarían a la península de Yucatán durante el gobierno del brigadier Lucas de Gálvez23 (1789-1792), pero no se le dio cumplimiento sino hasta principios del siglo XIX, en tiempos del gobernador, capitán general e intendente mariscal de campo Benito Pérez de Valdelomar (1800-1811) (Herrera, 2011, p.19).

Dichas cédulas seguirán sin ser acatadas pues el ayuntamiento no se iniciaba la construcción pues Pérez de Valdelomar al comunicarse con el obispo Pedro Agustín Estévez y Ugarte sobre la edificación de cementerios este se negaba (Serrano y Castillo, op cit, p,71).

En Campeche “se mandó a levantar un plano topográfico24, mismo que fue aprobado por el gobernador Valdelomar el 18 de octubre de 180625 pero el expediente no se llevó a cabo hasta el 22 de julio de 1813 que se volvió a discutir la aprobación del proyecto cerca del capitán general y obispo, pero por segunda vez no se llegó a un acuerdo” (Lanz, 1905, p. 176).

Para septiembre de 1813 el ayuntamiento de Hecelchakán se dirigía hacia la ciudad de Campeche solicitando un médico26 pues se había presentado un brote de vómito prieto27 que había cegado la vida de cuarenta personas (Álvarez, op cit, p,29). Por otro lado, en ese mismo año Champotón era atacado por una epidemia de viruela28.

Por lo que las enfermedades de igual manera influyeron en la decisión de construir cementerios, en Campeche se tuvieron que adaptar nuevas medidas para prevenir que las patologías hicieran presa a los campechanos por lo que determinó que en la ciudad los vecinos que fallecieran a causa de “fiebres agudas” fueran enterrados en el camposanto de la parroquia de san Román (Serrano y Catzin, op, cit, p.73).

Ante esta decisión los vecinos sanromaneros enviaban una queja al gobernador de la provincia Manuel Artazo donde se postulaban en desacuerdo con la decisión de que se los cadáveres de los apestados sean sepultados en el camposanto de este barrio” pues afirmaban que los entierros no podían realizarse a suficiente profundidad pues es fondo del cementerio era de “piedra viva”. Como solución a dicha problemática postulaban la creación de un cementerio provisional que no “arriesgue la salud pública”29.

Frente a la problemática en junio de 1813 el ayuntamiento se dirige a los vecinos comunicando que era el espacio idóneo para conservar la salubridad pues “ese sitio era el único en su clase y por su localidad ofrece menos peligro la salud pública”, así mismo el ayuntamiento informaba que no contaban con los recursos para su edificación de un cementerio provisional y ni mucho menos para uno general a lo que alentaba a los vecinos que “esta medida duraría poco30 y que la sufran con resignación”31.

De tal medida que los vecinos de San Román volvían a insistir su informidad de que el camposanto de su parroquia sea utilizado como sitio de descanso eterno de los “cadáveres de los desgraciados que a impulso de la peste de la calentura pútrida y vómito de sangre perdían la vida” pues alegaban que la fetidez “corrompería los aires y ocasionaría, sino la misma enfermedad otra de igual o de mayor gravedad32” pues aseguraban que si llegaban a contagiarse los vecinos intramuros igual sufrirían consecuencia pues “nuestro barrio solo dista de la muralla de la plaza dos cuadras , y si nosotros nos apestamos no están libre de participar del daño los vecinos intramuros”33.

Es interesante como los inconformes veían el peligro latente de la enfermedad como su “ruina”:

Esto quiere decir señores, que cerremos los ojos, que caminemos así, a nuestra ruina, que despreciamos el peligro, y nos desempeñemos de la cumbre del risco de nuestra vida; habiendo cuando no caminos diferentes, veredas para salvarnos34.

Pasarían tres años hasta el 22 de julio de 1816 que el ayuntamiento campechano emitía un documento donde señalaba que quedaban prohibidas las inhumaciones en el interior de las iglesias35 36, ese mismo día los vecinos del barrio de Guadalupe escribían al ayuntamiento señalando que con el fin de conservar la higiene del puerto erogaron de sus bolsillos la edificación de un cementerio37:

“Que deseando cooperar a la importante conservación de la salud pública dispusimos costear a nuestras expensas un cementerio contiguo a la iglesia del mentado barrio para que en él se sepulten los cadáveres y cese el pernicioso uso de verificarlo en el templo… como por que se mantienen los olores pútridos en la mayor parte del día y al abrir la mañana38

Las fuentes arrojan que el cementerio guadalupano fue bendecido el 22 de julio de 1816, así también manifesta que el ayuntamiento no contaba con los recursos para edificar un cementerio general “este ayuntamiento desde hace tiempo trabaja para erigir un cementerio general39”.

El párroco de la parroquia principal, José Benito Canto se negaba a proporcionar los fondos (Serrano y Castillo, op cit, p.74) pues argumentaba que había “escasez en las rentas de fábrica40” en la parroquia por lo que el financiamiento para construir el cementerio tuvo que ser erogada del ayuntamiento.

Por lo que el 18 de noviembre de 1816, el maestro albañil Manuel Basilio Arjona se ofreció a construir el cementerio por la cantidad de $5,500 pesos a lo que el ayuntamiento aceptar propuesta y decidió publicarla en caso de que algún constructor se ofrezca a realizar la obra por menor dinero. (Álvarez, op cit, p,69).

Habiendo visto un papel de condiciones presentado por el maestro albañil Basilio Arjona, ofreciéndose en virtud de ellas a fabricar el camposanto o cementerio general, que debe eregirse por la cantidad de cinco mil quinientos pesos, acordó su señoría admitir que se publique la referida postura de cinco mil quinientos pesos por si hubiere otro postor que quiera mejorarla. (Abreu, 1964).

Ante resultado de la convocatoria se presentó el albañil Mariano Pérez quien se ofrecía construir el ansiado inmueble por $4,550 pesos a lo que el 3 de enero el ayuntamiento fincó a su favor y el día 3 de marzo de 1817 se formalizó el contrato “acordándose que tan luego como el contratista presentase la fianza necesaria, se le entregase la tercera parte del importe para que comenzaran los trabajos, lo que hizo un poco después” (Pérez, op cit).

La obra quedó concluida un año después, el 1 de julio de 1818 en los terrenos de Buenavista a sotavento de la ciudad:

Habiendo representado el caballero síndico procurador general, que el maestro Mariano Pérez, contratista del camposanto, le hizo presente tener concluida la obra de que estaba encargado, se acordó que los señores: presidente propietario, regidor alguacil mayor, diputado de obras públicas, y síndico procurador, pasen el viernes tres del corriente a recibir y reconocer dicho camposanto, si está en los términos en que se contrató, citándose también para que ocurran en calidad de peritos, a los maestros mayores de albañilería: D. Manuel Basilio Arjona y D. José de la Luz Solís41 (Abreu, op cit).

Por lo que el ayuntamiento nombró una comisión integrada por los Sres. Hilario Atacho, teniente de rey y presidente del ayuntamiento, José Miguel Estrada, regidor y Pablo Lanz, síndico procurador para recibir el anhelado inmueble el 29 de julio de 181842 (Pérez, op cit;Álvarez, op cit, p,96):

En la ciudad y puerto de San Francisco de Campeche a los 29 días del mes de julio de mil ochocientos diez y ocho años. El Sr. teniente de rey, presidente del H. ayuntamiento, acompañado por los señores regidor, Alguacil mayor, Don José Miguel de Estrada, y Síndico Procurador Don Pablo de Lanz, pasaron al camposanto que se halla situado entre el barrio de San Román y el Hospital de San Lázaro, y ante mí, el escribano habiendo puesto de manifestó, el contratista Mariano Pérez, después de haberlo conocido prolijamente hallándolo conforme a los artículos de la comanda, en cuya virtud se construyó se dio su Sria. Por recibido de ella, disponiendo se asiente así por diligencias para la debida constancia, y que sobre los efectos que haya lugar en el expediente formado sobre la materia. Y lo firmó su Sria. De que doy fe. León. - Estrada. - Lanz. Ante mí, José Duque de Estrada (Lanz, 1905, p.509).

Finalmente:

“El cabildo de 21 de agosto, acordó el Cuerpo pasar oficio al Gobernador dándole cuenta de haberse terminado el Camposanto, suplicándole se pusiese de acuerdo con el Señor Obispo, para hacer la entrega de él al cura de la Iglesia Parroquial, de conformidad con lo prevenido en las Reales cédulas expedidas en este aspecto” (Álvarez, op cit, p,97). A lo que el ayuntamiento entregó el cementerio el 7 de septiembre de 1818 al cura de la parroquia principal José Benito Canto. (Pérez, op cit).

Hacia 1819 el cementerio seguía sin ponerse en servicio debido a las continuas negativas del párroco por lo que el ayuntamiento recurrió a comunicarse con el gobernador de la provincia, Miguel de Castro y Araos (1815-1820) quien instaba a ponerse en acuerdo con el cura con el fin de poner en servicio el cementerio. (Álvarez, op cit, p,105-106).

De nueva cuenta se solicitó al cura José Benito Canto, pero aduciendo varios pretextos, no lo puso en servicio a lo que en octubre de 1820 “el ayuntamiento nombró una comisión para que, de acuerdo con el vicario, Diego de Solís, el mayordomo de la fábrica, Miguel de Regil y el encargado, el presbítero Canto, allanasen los inconvenientes que existían”. (Pérez, op cit).

El ayuntamiento escribía al cura Canto:

“mis sinceros deseos para que el señor cura de esa parroquia para que se cumpliese el decreto de las cortes”43. El ayuntamiento reportaba al cura la situación en la que se encontraba el cementerio, esto con la intención de ponerlo en funcionamiento “Hay un cerco de bastante extensión y profundidad con un altar bendito y una cruz44”.

Una vez concluidos los inconvenientes el día 5 de noviembre de 1820 el cura Canto bendijo el cementerio45, ceremonia que se efectuó a las 5 de la tarde donde acudieron personajes del ayuntamiento en calesas desde la casa consistorial a las cuatro y media” (Álvarez, op cit, p.120). Al evento igual acudieron las autoridades militares, civiles, eclesiásticas y gran número de vecinos. (Pérez, op cit, p. 54).

Los cadáveres que se transportaban de la parroquia al cementerio iban a ser bendecidos sin aumentar en los derechos parroquiales, aunque refiere el párroco que para el 3 de noviembre de 1820 el carro para transportar los cadáveres aún no se encontraba concluido46.

Llegado enero de 1821 y ante la insistencia del párroco47 por no abrir el cementerio el ayuntamiento decidió dirigirse al obispo Agustín Esteves y Ugarte y al gobernador Juan María Echeverri48 quienes recomendaban al párroco Canto “empezase a servir el cementerio general cesando los enterramientos intramuros49 como deseaba el ayuntamiento el que cumpliendo con el interesante descargo de la salud pública a que es tan perjudicar aquella práctica”50.

De nuevo la insistencia del párroco hizo recurrir de nueva cuenta al gobernador Echeverri quien de acuerdo con el obispo emitían un auto resolutivo el 9 de marzo de 1821 en el que señalaban un plazo de diez para iniciar las inhumaciones en el cementerio. (Pérez, op cit) “debiendo concurrir el ayuntamiento y todas las autoridades civiles, militares y eclesiásticas” (Álvarez, op cit, p.126).

Por lo que se designó una comisión integrada por el primer regidor del ayuntamiento, José Antonio de Boves, cuarto regidor Juan de Bautista y el capellán Manuel Garrozo, que presentaron el informe el 17 de marzo de 1821 en el que establecían:

Que el referido mayordomo mediante la consignación de dos pesos que atribuye a la fábrica para su administración el arancel de esta parroquia y la de cuatro reales por abrirlo y replanarlo se obliga y queda obligado a la construcción, servicio, decencia y conservación de los carruajes necesarios para el transporte de cadáveres al cementerio y que haya el número y asistencia necesaria de sepultureros para su enterramiento. Que en la virtud se asigna y prefija el día diez y nueve del corriente (marzo) para dar principio a la sepultación en dicho cementerio para cuyo efecto el Sr. Cura, el mayordomo y el Y. Ayuntamiento dispondrán respectivamente lo que sea y juzgue necesario para mayor pompa y solemnidad de este acto religioso. Que por esta traslación no se aumentarán bajo ningún respecto los derechos parroquiales, ni se priva a los deudos o testamentarios de los difuntos de la libertad que siempre han tenido, y es justo que tenga que designar los oficios y exequias funerales. Que respecto a que los consumos ordinarios de las iglesias auxiliares han sido proveídos del fondo de fábrica, que, gravando ahora, con el sostenimiento de los carruajes indicados, apenas bastara para las atenciones de la matriz y respecto también a que el sr. Cura no ha tenido a bien consignar como (…51) este necesario objeto ninguna parte de sus obvenciones parroquiales el referido mayordomo vista (…52) el Ilmo. Sr. Obispo para el correspondiente socorro. Que el referido mayordomo solo rendirá las cuentas de su administración al Ilmo. Sr. Obispo cuya autoridad reconoce competente y exclusiva para este cao y sus dependencias. Que visto el reglamento de policía que en orden a la conducción de cadáveres a formado la comisión y que oportunamente se publicará por disposición del M. Y. Ayuntamiento para su observancia no encuentran el inconveniente alguno los que dando por concluida esta acta de conformidad.

Mientras que el reglamento quedo conformado de la siguiente manera:

Que no se permitirá el capellán del cementerio enterrar a nadie sin recibir una papeleta firmada del Sr. Cura o vicario con el nombre, calidad y vecindario del difunto y de la hora de su partida53 Que introducido el cadáver a el cementerio y previo el correspondiente oficio de difuntos, sufragios y demás que dispusieron decorosamente los interesados sepulte a muy cumplida profundidad y debido reglamento. Que el mismo capellán dará al conductor para que entregue al Sr. Cura o su respectivo teniente de cura una papeleta que exprese aquella con el nombre, calidad y vecindad del difunto, el día y hora de su enterramiento cuyas papeletas servirán para comprobar a fin de año las correspondientes partidas que deberán asentarse en los libros parroquiales54, y en el que llevará también el referido capellán del camposanto. Cuidará también el capellán que sobre el nivel de las sepulturas no se levantes sepulcros, nichos, lápidas, no otra obra que embarace el tránsito o la libre circulación del aire y aplicará el día de difuntos 2 de noviembre una misa en beneficio de las almas de los que allí se hallan enterrados55.

El reglamento iniciaría desde el día de la apertura del cementerio, el 19 de marzo de 1821, mientras capellán Garrozo sería el encargado quien se le pagaría quince pesos mensuales56. De conformidad a lo mencionado el cementerio finalmente abrió sus puertas el lunes 19 de marzo de 1821.

Álvarez (op cit, p.130) agrega que el primer entierro fue de correspondiente al cuerpo de José María Ortega, pero Lanz (op cit, p.176) refiere que el mismo día se inhumaron tres cadáveres. Revisando las partidas de defunción de los registros parroquiales se hallaron que efectivamente el mismo día se inhumaron tres cadáveres por lo que es posible asegurar que el día de la inauguración se enterraron a tres individuos siendo José María Ortega el primero en ser inhumado (véase Figura 7):

Figura 7

Conclusión

La muerte en un paso inamovible en la vida humana, en el cristianismo es vista como el paso hacia la vida eterna por lo que durante la Nueva España se creía que el lugar donde descansara el cuerpo del difunto era la rapidez con la que llegaba al cielo por lo que la sociedad novohispana buscaba ser enterrado lo más cerca posible del altar para poder estar más cerca del celo.

Al llegar las nuevas ideas higienistas que veían los restos humanos no como objetos sagrados sino como focos de infección se preocuparon por para las inhumaciones en el interior de las iglesias, esto ocasionó un choque ideológico entre la razón y la fe.

Lo anterior planteado señala que las nuevas perspectivas que se dieron sobre la muerte no fueron un proceso que fue asimilado de buena manera por los novohispanos, sino que por el contrario fue un proceso que tardó años en afianzarse.

En consecuencia, esto ocasionó conflictos de diversa índole pues es el caso que se suscitó en el Campeche decimonónico protagonizado por el cura José Benito Canto y el ayuntamiento ante la negativa de abrir el cementerio.

El conflicto vivido en Campeche no fue el único pues tanto en Merida (Ancona, 1889) como en Veracruz (Strobel, op cit, p,160) el clero se oponía a estas medidas pues como afirma (Serano y Castillo, op cit) este temor de los clérigos se debía a que pensaban que “se dejarían de pagar los derechos correspondientes o bien que estos quedarán reducidos a cantidades menores”.

Si bien la iglesia se hizo cargo de los cementerios pasarían cuarenta años hasta que se volverían a suscitar incidentes respecto a estos espacios de sepultura cuando se decretaran las Leyes de Reforma en la que el clero perdería de su poder sobre el control de los muertos.

Lo anterior planteado es un problema que poco se ha abordado en la historiografía local por lo que generar nuevas investigaciones sobre este tópico permitirá comprender de manera más profunda los conflictos eclesiásticos-civiles en la región sobre los cambios en las prácticas funerarias a raíz de las Reformas higienistas.

Otro aspecto importante a recalcar es el reducido número de trabajos que se han efectuado sobre el cementerio general que por lo que se ha planteado presenta una riqueza histórica que debe ser arrojada a la luz con el fin de comprender los procesos históricos en los que se ha visto involucrado a lo largo de sus 200 años de existencia.

Un especial agradecimiento al director del Archivo Histórico de la Diócesis de Campeche, Pbro. Lic. Armando José Rosado Cel por las facilidades para inmiscuirme en los documentos parroquiales con el fin de rescatar esta información.

También me gustaría externar mi agradecimiento a ti, lector, gracias por tomarte el tiempo por leer mi trabajo.

1

Recopilación de las leyes de las Indias, Libro I, título XVIII De las sepulturas y derechos eclesiásticos ley I.

2

Recopilación de las leyes de las Indias, Libro I, título XVIII De las sepulturas y derechos eclesiásticos ley XI.

3

Esta confrontación conceptual no resultó del todo antagónica. Por el contrario, existirían elementos comunes que fortalecerían la conformación ideológica de la nueva cultura, mestiza, expresión sincrética que unificaría la idea de trascendencia espiritual a través de conjunción conceptual de lo que significaba el sacrificio de la muerte, tanto en el pensamiento indígena como en el cristiano. La muerte como sacrificio en las sociedades prehispánicas respondía al tributo que los hombres tenían que rendir ante sus dioses, para garantizar las lluvias y las buenas cosechas, las cuales reclamaban la presencia, al pie del templo de infantes muertos, así como la muerte de doncellas en el cenote sagrado, al igual que el sacrificio del guerrero que , vivo, era abierto para extraerle el corazón ; así como la muerte del triunfador del juego de pelota, hombre que en su dominio del universo, había adquirido la categoría de semidiós y que tendría que abandonar el mundo terrenal para asumir su posición en el mundo de los dioses, conceptos y visiones que no distaban del concepto cristiano del hijo de Dios hecho hombre que sacrificado para redimir los pecados de los hombres, habría de morir igualmente ensangrentado que los guerreros prehispánicos y en cuya muerte se simbolizaba la ascensión al cielo, otrora plano del sol en el mundo indígena. Contrario a lo que pudiera pensarse, en el sentido de la figura sangrante de Cristo resultó impactante ante los ojos de los pueblos indígenas recién conquistados, estos interpretaron en ella una muestra más del rito violento del sacrificio humano, a través del cual el hombre controlaba al universo, o en su caso redimía a sus semejantes (Bureau. 2016, p. 219-220).

4

En algunas localidades esta asimilación resultó confusa para los pobladores nativos, tal fue el caso de Guatemala donde se profesaba el culto a San Pascual Bailón, que en la hagiografía es representada con un esqueleto, que tuvo que ser prohibida pues los sacerdotes descubrieron vínculos íntimos entre sus feligreses indígenas entre el santo y la deidad prehispánica de la muerte (Herrera, 2011, p.16).

5

Tal era el caso de la Diócesis de Michoacán donde las naves de las parroquias estaban divididas en tres secciones y el costo de entierro variaba entre diez y un peso; sin embargo, resulta evidente que únicamente los españoles efectuaban el pago de los diez pesos para ser enterrados cerca del altar, dejando las secciones baratas en los cerca de la puerta a los indios y mulatos. Brading, 2015.

6

Desde el siglo XVI, la casa reinante en España era la familia Habsburgo, de origen austriaco, pero en 1700 falleció el último rey de la dinastía, Carlos II, sin dejar descendencia directa. Después de no pocos conflictos, la sucesión recayó en el príncipe francés Felipe de Anjou, sobrino nieto del difunto rey, quién asumió el trono de España con el nombre de Felipe V, e inició una nueva dinastía, la de los Borbón, por el apellido de la familia a la que pertenecía, y que era la misma que reinaba en Francia. Los reyes de la casa comenzaron una profunda reforma en España porque consideraban que el país estaba muy atrasado en comparación de los demás países europeos. Efectivamente, los cambios modernizadores que transformaban a Europa no habían tenido cabida en España, y en el siglo XVIII estaba en desventaja económica y tecnológica respecto al mundo occidental. Cuando las reformas borbónicas quedaron consolidadas en la península ibérica, los monarcas decidieron extenderla también las colonias del imperio, lo que ocurrió en la segunda mitad del siglo XVIII por iniciativa del rey Carlos III quién gobernó el imperio español de 1759 a 1788. Moo, 2017.

7

Novísima recopilación de las leyes de las leyes de España, Libro I, Titulo III, De los cementerios y las iglesias: entierro y funeral de los difuntos, Ley I.

8

Novísima recopilación de las leyes de las leyes de España, Libro I, Título III, De los cementerios y las iglesias: entierro y funeral de los difuntos, Ley I.

9

AHSC. Sección Disciplinar, Serie Cofradías, Cronología 1877-1880. Libro de la cofradía del Santísimo Sacramento restaurada en la parroquia de Campeche en 29 de marzo de 1877. F. 468 Caja 237.

10

AHSC. Partida de defunción 46, F.11. Sección Sacramental, Serie defunciones, Cronología 1802-1817. Caja 204.

11

En este apartado es importante referenciar el trabajo de Encalada (2017) que realizó de los patrones mortuorios en la entonces villa de San Francisco de Campeche abarcando la temporalidad 1664-1708 donde propone con base en sus resultados de su investigación que los entierros que se realizaban en los barrios eran multiétnicos, es de decir que los espacios divididos por la sociedad hispana no eran exclusivos de un solo grupo étnico como se suele mencionar en la literatura que en el primer cuadro de la ciudad para los blancos, San Román para los descendientes de los aztecas y el barrio de Santa Ana de los descendientes de los negros y mulatos.

12

AHSC. Sección Sacramental, Serie defunciones, Cronología 1806-1816. Caja 205.

13

AHSC. Sección Sacramental, Serie defunciones, Cronología 1810-1830. Caja 205.

14

AHSC. Sección Sacramental, Serie defunciones, Cronología 1806-1810. Caja 204. El camposanto de la parroquia de San Román fue demolido en 1861 para “dar mejor vista a la iglesia”. Archivo Histórico de la Diócesis de Campeche. Caja 4. Exp.1, 1805-1863.

15

AHSC. Sección Sacramental, Serie defunciones, Cronología 1805-1822. Caja 204.

16

AHSC. Sección Sacramental, Serie defunciones, Cronología 1806-1817. Caja 205

17

Persona de corta edad.

18

El teniente de cura es un término hoy en desuso, no así la función que encierra. Su equivalente hoy es el vicario parroquial, el sacerdote que colabora con el párroco en la cura pastoral de la feligresía.

19

AHSC. Partida de defunción 218, F.61. Sección Sacramental, Serie defunciones, Cronología 1806-1816. Caja 205.

20

Para 1820 las compras diarias que se realizaban en el hospital San Lázaro eran: pan y chocolate, lomo, cazón y huevos, carne, puerco, tres gallinas, aguacate, chile y cebolla, azafrán y clavo, leña, azúcar, una soga, dos cántaros de grasa, dos frascos de chile habanero, pan y chocolate para administrar a los enfermos de gravedad para la noche. AGEC. Periodo Yucateco-Ramo Gobernación, caja 1. Exp.1.

21

El párroco castrense es un sacerdote destinado a ejercer las funciones de su ministerio en un regimiento o batallón.

22

AHSC. Partida de defunción 56, F.13. Sección Sacramental, Serie defunciones, Cronología 1802-1817. Caja 204.

23

La península al estar aislada respecto a la capital de la Nueva España las ideas, cultura y pensamientos llegaban de manera tardía.

24

Se realizó una búsqueda en los diferentes archivos sin poder lograr encontrar el plano.

25

Como resultado ayuntamiento autorizó la compra de un terreno en la finca “Buenavista” en $200 pesos para la edificación, pero no se llevó a cabo por falta de fondos. Álvarez, op cit; Pérez, 2000.

26

La remuneración consistía en seis pesos diarios, transporte redondo, alojamiento y alimentos. Álvarez, op cit.

27

Conocido también como fiebre amarilla.

28

AMC. “Acuerdos de la Junta de Sanidad de Campeche. 1813, 1814 y 1820.” Caja 1 Fondo: salud pública, Exp.2

29

CAIHY. “Los habitantes del barrio del barrio de san Román solicitan no se entierre a las víctimas de la peste en su camposanto” F.1. Impresos, Caja Y-1778, Exp. 12.

30

El cabildo campechano afirmaba que la condición serpia temporal pues “que por venir climas diferentes que el nuestro, han sido víctimas de la estación calurosa, y de que un instante a otro deben comenzar las lluvias que necesariamente harán cesar aquellas”. CAIHY. “Los habitantes… en su camposanto” F.2. Impresos, Caja Y-1778, Exp. 12.

31

CAIHY. “Los habitantes… en su camposanto” F.2. Impresos, Caja Y-1778, Exp. 12.

32

Aseguraban que “los cadáveres que se entierran son muchos, y por la piedra de nuestro camposanto no pueden cubrirse, de que nace una fetidez que no pueden sufrir los vecinos inmediatos, hasta ahora no por disposición divina no nos hemos infestado, pero estamos en peligro en evidente peligro de palparlo” CAIHY. “Los habitantes… en su camposanto” F.3. Impresos, Caja Y-1778, Exp. 12.

33

CAIHY. “Los habitantes… en su camposanto” F.3. Impresos, Caja Y-1778, Exp. 12.

34

CAIHY. “Los habitantes… en su camposanto” F.3. Impresos, Caja Y-1778, Exp. 12.

35

AHDC. Caja 4. Exp.1, F.1v, 1805-1863.

36

Esta medida no fue respetada pues afirma Molina (1904) que el cuerpo difunto del gobernador Miguel de Castro Araos fue sepultado el 2 de agosto de 1820 en la parroquia de San Francisco.

37

Desde 1805 “el cura don Alonso y Pantiga hizo una solicitud al H. ayuntamiento para construir un camposanto pues el que se encontraba en el atrio resultaba insuficiente para las inhumaciones y en temporada de huracanes los cadáveres salían a flote. Gutiérrez y Montejo, 2005. Tal como lo fue la tormenta del 7 de septiembre de 1807 que azotó la ciudad “La Puerta del Muelle (Puerta de Mar), que fue cerrada para evitar la entrada del mar, cedió el empuje de éste, que alcanzó que alcanzó gran altura de la muralla y hasta dos brazas en las calles intermedias donde se hizo uso de botes para el tráfico público. Un bergantín, que rompió sus amarras, hundió sus anclas en el medio del muelle y se detuvo frente a la puerta principal del templo de Guadalupe, tocando su bauprés el balcón del coro. Derribada la puerta que mira al mar, se inundó el templo y el capellán extrajo el tabernáculo”. Lanz, op cit.

38

AHDC. Caja 4. Exp.1, F.1, 1805-1863.

39

AHDC. Caja 4. Exp.1, F.1v 1805-1863.

40

AMC. “Comunicado sobre el deber de mantención a las mulas y carretas que transportan cadáveres al cementerio general” Caja 1 Fondo: Administración Pública. Exp.124

41

Nació en las postrimerías del siglo XVIII en el barrio de Santa Ana, desde muy temprana edad ejerció el oficio de la albañilería bajo la tutela del maestro Manuel Basilio Arjona. Lo vemos figurar por primera vez, al ser nombrado maestro mayor de alarifes del ayuntamiento de Campeche, el 26 de julio de 1816. Dentro de sus obras figuran la construcción de un Lazareto en la parte sur del edificio de San Lázaro para el aislamiento de las personas contagiada con viruela, la construcción de la casa ubicada en la “Esquina del diamante” en 1828, la Alameda y puente de la Merced de Santa Ana en 1830, fue el encargado de adaptar el antiguo inmueble que albergaba a la escuela La Misericordia para ser adaptado a cárcel municipal (hoy Archivo Municipal de Campeche), el remozamiento del hospital de San Juan de Dios (hoy desaparecido) en 1839, el puente Iturbide en 1846 (actualmente avenida República) en ese mismo año remodeló los edificios y del antiguo palacio de gobierno( ambos hoy desaparecidos), la aduana marítima , en 1847 la edificación de la Casa de Beneficencia pública (hoy Palacio Municipal) y en 1849 siempre bajo su dirección, se construyó la torre sureste de la Catedral “ La Campechana”. Álvarez, op cit; Pérez, op cit.

42

El 12 de agosto de 1818 el ayuntamiento aprobó la cuenta del costo de la puerta y ventana del cementerio que ascendía a $154 pesos por la construcción del cementerio costo $4,704 pesos. Álvarez, op cit.

43

AMC. “Solicitud del ayuntamiento de Campeche relativo a los cadáveres que se sepultan en el cementerio general. Caja 1 Fondo. Administración Pública. Exp.124.

44

AMC. “Solicitud del ayuntamiento… cementerio general. Caja 1 Fondo. Administración Pública. Exp.124.

45

AMC. “Comunicado… cementerio general” Caja 1 Fondo: Administración Pública. Exp.124

46

AMC. “Comunicado… cementerio general” Caja 1 Fondo: Administración Pública. Exp.124

47

Zavala (op cit) propone que el sacerdote cedió cuando que se le concedieron los derechos que solicitaba , como era que el continuase cobrando los aranceles correspondientes a los enterramientos como había sido la costumbre.

48

Molina (op cit) lo describió como: “Hombre bien inteligente, bien educado, muy bondadoso, afable, de no y de pocos amigos”.

49

Estas líneas refuerzan la idea de que no se efectuaron las órdenes que señalaban el cese a los enterramientos en el interior de las iglesias.

50

AHDC. Caja 4. Exp.1, F.4v, 1805-1863.

51

El documento tiene un fragmento faltante.

52

El documento tiene un fragmento faltante.

53

Véase figura 6.

54

Desde el Concilio de Trento se obligaba a las iglesias a llevar un registro de todas las actividades relacionadas con la población. Se tenía que anotar los nacimientos, a través de los libros de bautismo, asimismo, se registraba matrimonios y desde luego se asentaban los registros de fallecimientos en los libros de defunciones. En ello se indicaba desde la situación de enterramiento en la propia parroquia o la elección por parte del finado de otra iglesia parroquial o conventual (Posteriormente a las Reformas Borbónicas se asentaba en el cementerio en el que se enterraba), tipo de entierro y hasta la causa de muerte (Zavala, 2000).

55

AHDC. Caja 4. Exp.1 F. 4,4v y 5, 1805-1863.

56

AHDC. Caja 4. Exp.1, F.5, 1805-1863.

57

57 Como se ha explicado en párrafos anteriores los infectados de enfermedades contagiosas eran enterrados separados de los demás cadáveres por lo que posiblemente haya muerto a causa de enfermedad.